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Corte Suprema ordena revisar posible reducción de condena de uno de los homicidas de Daniel Zamudio

El fallo del máximo tribunal reabre el debate sobre los beneficios penitenciarios para condenados por delitos graves. Alejandro Angulo, sentenciado por el crimen de Zamudio, podría ver reducida su pena tras 13 años tras las rejas.

Por: Departamento de prensa RBCASESORES

 La revisión ordenada por la Corte Suprema

La Corte Suprema instruyó a Gendarmería de Chile revisar el caso de Alejandro Angulo, uno de los autores del homicidio de Daniel Zamudio, ocurrido en 2012, luego de acoger un recurso de amparo que cuestionaba la exclusión del reo de la Comisión de Reducción de Condena.

Fuente:  Corte Suprema ordena revisar posible reducción de condena de uno de los homicidas de Daniel Zamudio – La Tercera https://share.google/bjQiE7IBV9NdK87ak

El fallo, adoptado por cuatro votos contra uno, determinó que la normativa aplicada por Gendarmería no correspondía al marco legal vigente al momento de los hechos, lo que —según el tribunal— configuró una vulneración al derecho de libertad personal del condenado.

 Quién es Alejandro Angulo

Angulo, conocido como “El Ale” o “GAK” dentro del penal Colina Uno, cumple una condena de 15 años de presidio por su participación en el brutal asesinato que conmocionó al país y dio origen a la Ley Zamudio, normativa que busca prevenir y sancionar la discriminación en Chile.

A la fecha, ha cumplido 13 años de su condena, restándole menos de dos para su término, previsto para marzo de 2027.

 El recurso presentado por su defensa

En junio pasado, el abogado Ricardo Bravo Cornejo interpuso un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Santiago, denunciando que Gendarmería vulneró derechos fundamentales al excluir a su representado del beneficio.

Según Bravo, Angulo cumplía con todos los requisitos legales: haber completado más de la mitad de la pena, mantener buena conducta y participar en programas de reinserción. Pese a ello, no fue propuesto a la comisión.

El tribunal de alzada rechazó el recurso, pero la defensa acudió a la Corte Suprema, la que finalmente revocó la decisión y ordenó que Gendarmería evalúe nuevamente el caso conforme a la Ley 19.856, vigente al momento del delito.

 Lo que resolvió la Suprema

El fallo establece que la exclusión del reo de la instancia de reducción de condena “indudablemente importa una vulneración de la libertad personal del amparado”.

Por ello, instruye a Gendarmería a examinar el cumplimiento de los requisitos del beneficio bajo el marco legal original, dejando sin efecto la aplicación de la ley posterior (Ley 21.421 de 2022) que endureció las condiciones para estos beneficios.

“El fallo no solo tutela el derecho individual del amparado, sino que sienta un precedente importante en materia de control judicial sobre la administración penitenciaria”, afirmó el abogado Ricardo Bravo.

 Antecedentes de intentos previos

No es la primera vez que Angulo busca acceder a beneficios. En abril de 2024 y octubre de 2023 postuló sin éxito a la Libertad Condicional, luego de que los tribunales estimaran que persistían “factores de riesgo de reincidencia” y “problemas de autocrítica”.

Incluso, en 2020, el Movilh denunció un video grabado por Angulo desde prisión donde expresaba:

“¿Quieren que me vuelva loco y mate a otro hue…?, ¿eso quieren?”

Lo que viene ahora

Con el fallo de la Corte Suprema, Gendarmería deberá revisar si el condenado cumple efectivamente con los requisitos para acceder al beneficio. Si así se determina, el caso será analizado por la comisión respectiva, integrada por jueces, peritos y profesionales del área social.

De aprobarse, la reducción de pena deberá ser ratificada por decreto supremo del Presidente de la República.

El abogado Bravo enfatizó que el reconocimiento de los meses por buena conducta “incide directamente en la expectativa de libertad y en el acceso a beneficios penitenciarios conforme a las Reglas Mandela”.

“Si Gendarmería cumple con lo ordenado, en el corto plazo podríamos estar ante la libertad de Alejandro Angulo”, concluyó el jurista.

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